Posted on 25 Febrero, 2011 | No Comments
Durante diciembre de 2010, la Asamblea Nacional reformó leyes que cambiaron las reglas de juego en materias tan importantes como la economía, los medios de comunicación y la educación superior.
Por ello, el 4 de enero, las autoridades de la Ucab convocaron a los miembros de la comunidad universitaria a la Reunión de análisis del nuevo escenario nacional 2011, para discutir estrategias y soluciones que hagan frente al complejo escenario del año que comienza.
Aunque la Ley de Educación Universitaria fue vetada por el presidente Hugo Chávez ese día, los estudiantes, profesores y trabajadores acordaron en el encuentro algunas estrategias iniciales para defender la democracia, especialmente en las instituciones de educación superior.
Limitación y control de los mensajes
La Asamblea Nacional aprobó, el 20 de diciembre de 2010, las reformas a la Ley de Telecomunicaciones (Lotel) y a la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y medios electrónicos (Resortemec). Estas leyes se caracterizan por una mala técnica legislativa en su elaboración; la inclusión de normas vagas e imprecisas; penas severas; y aumento del margen de discrecionalidad y arbitrariedad para su aplicación.
La Asamblea Nacional no consideró las distintas voces de la sociedad que solicitaron derechos de palabra o las observaciones que se plantearon en el debate público. Es una imposición que desnaturaliza el sentido de la aprobación legislativa y reduce la legitimidad de los instrumentos aprobados. Son instrumentos hechos para aumentar la discrecionalidad y control gubernamental de los contenido en detrimento de la protección del derecho humano a la libertad de expresión.
La Resortemec incluye una ampliación de los tipos susceptibles de sanciones por parte del ente administrativo (Conatel), como el aumento de las penas a los medios que alcanzan hasta el 10% de los ingresos brutos del año anterior; la revocatoria de la concesión o prohibición de circulación; y reduce las garantías para la defensa en la instancia administrativa.
También incluye la prohibición cautelar y administrativa para restringir y limitar la circulación de mensajes. Los tipos son amplios y genéricos y dejan a la voluntad de los funcionarios su interpretación y aplicación. Incluye prohibiciones incompatibles con el alcance del derecho humano a la libertad de expresión establecidos en la Constitución venezolana y los instrumentos internacionales de derechos humanos. La reforma incluye los contenidos que circulan en medios electrónicos (Internet).
La Lotel, en su artículo 5, señala que el establecimiento y explotación de redes de telecomunicaciones es de servicio público. Al declararse una actividad como servicio público supone una reserva de dicha actividad para el Estado e incluye la titularidad estatal de la misma, así como la exclusión de los particulares del referido ámbito de actuación, lo que implica mayor control por parte del Estado. De ello deriva la ampliación de las posibilidades de rescindir las concesiones y cualquier otro acto discrecional que podrían suspender o estatizar a medios basados en la plataforma de telecomu-nicaciones.
La aprobación de estos instrumentos es de imposible aplicación de modo general, es un dispositivo legal que podría aplicarse de modo selectivo para castigar líneas editoriales independientes o críticas. Estas leyes conducen a una reducción de la oferta de medios, canales y mecanismos para informarse de hechos, ideas y/u opiniones y del mismo modo limita la posibilidad de participar en esos medios.
Las restricciones y limitaciones obligan a la sociedad al desarrollo de nuevas habilidades tecnológicas y discursivas para la comunicación de ideas, coordinar estrategias de acción colectiva y promover el debate público.
Carlos Correa
Hacia la estatización de la sociedad
Durante los primeros 10 años, el presidente Chávez impulsó una serie de cambios en el andamiaje institucional cuyo hito más importante fue la promulgación de una nueva Constitución publicada en marzo de 2000. La responsabilidad por el proceso de concentración de poder a lo largo de esa década recae fundamentalmente, más no de forma exclusiva, en el Presidente de la República. Otros factores influyeron en la progresiva y ya prácticamente irreversible disolución del principio de separación de poderes sobre el cual descansa el Estado de Derecho; entre ellos cabe destacar: a) la interpretación impulsada desde la Asamblea Nacional Constituyente –seguida posteriormente por la Asamblea Nacional– , según la cual los “representantes de la sociedad” a los que se refiere la Constitución para la conformación de los diferentes comités de postulaciones a los poderes Judicial y Ciudadano, incluiría, de manera mayoritaria, a miembros del parlamento; b) el repliegue de los partidos de oposición para participar en las elecciones parlamentarias de 2005; c) la promulgación de leyes por vía ordinaria y por decreto con base en leyes habilitantes, contrarias a una Constitución cuya reforma fue rechazada; d) la redefinición de los circuitos electorales por parte del CNE para las elecciones parlamentarias de 2010. A lo anterior se suman declaraciones de las máximas autoridades del Poder Judicial y de la Asamblea Nacional en las que abiertamente se subordina su autoridad a la de un solo hombre.
Entramos, desde 2009, en una segunda etapa de progresiva estatización de la vida social, que se caracteriza por el control, por la vía normativa y de hecho, de medios de comunicación, sector empresarial, universidades, organizaciones no gubernamentales y partidos políticos y que experimentó un aceleramiento sin precedentes en la segunda quincena de 2010, con la aprobación de más de 20 leyes destinadas a regular, de manera restrictiva, ambigua y hegemónica, diversas esferas de la vida social
La Ley de Cooperación Internacional no forma parte, por ahora, del conjunto de leyes sancionado a toda prisa antes del inicio del próximo período legislativo; sin embargo, se trata de una amenaza latente sobre la vida asociativa, ya que centraliza, regula y controla toda la actividad de las organizaciones sociales, mediante un registro estatal único, un fondo único a cargo de la recepción y distribución de la cooperación internacional y la subordinación de la cooperación a las prioridades establecidas en los planes nacionales.
Al respecto cabe recordar la reflexión de Sinergia / Foro por la Vida: “No es por el camino equivocado de organizar un régimen de restricciones inaceptables en una sociedad democrática como el Estado venezolano que se podrá estimular y garantizar el derecho de participación de la sociedad. Más y mejor democracia sólo será posible facilitando la expresión, organización y movilización social. Si ello no se garantiza, el protagonismo del pueblo no será más que una aspiración y un discurso vacío que hoy crea ilusiones y mañana nuevas frustraciones de todos aquellos que aspiran una relación diferente entre el Estado, el gobierno y la sociedad”.
Ligia Bolívar O.